lunes, 10 de enero de 2011

Ejecutivo debe contestar la acción promovida por Agustín Lovera Cañete

La Sala Constitucional de la Corte, en un caso que no tendría precedentes, corrió traslado al Ejecutivo de la acción de inconstitucionalidad que promovió el camarista Agustín Lovera Cañete, contra el decreto presidencial que rechazó su designación como ministro de la Corte. El fiscal adjunto Marco Alcaraz fue quien solicitó el traslado para que Fernando Lugo conteste.

El 20 de agosto pasado, la Sala Constitucional admitió la demanda promovida por el camarista, y el 7 de setiembre, el fiscal adjunto Alcaraz contestó que es el Ejecutivo el que debe contestar la inconstitucionalidad, ya que es la afectada por la acción.

Alcaraz se amparó en lo que dispone el artículo 554 del Código Procesal Civil que textualmente dispone sobre la sustanciación: “La Corte Suprema sustanciará la demanda oyendo al fiscal general del Estado, cuando se trate de actos provenientes de los poderes Legislativo, Ejecutivo o Judicial.

Se escuchará además, en su caso, a los representantes legales de las municipalidades o corporaciones; o a los funcionarios que ejerzan la autoridad pública de la cual provenga el acto normativo, citándolos y emplazándolos en el asiento de sus funciones, para que la contesten dentro del plazo de diez y ocho días”.

Ante este traslado, Lovera Cañete solicitó por medio de la reposición que el alto tribunal revea esta decisión y sea el fiscal general o el adjunto, en su caso, quien dictamine en la inconstitucionalidad.

Lovera Cañete citó como antecedentes la inconstitucionalidad que había promovido el ex presidente de la República Nicanor Duarte Frutos contra las resoluciones de la Cámara de Senadores, que le prohibieron jurar como miembro activo de este cuerpo deliberativo.

El camarista también citó como jurisprudencia inconstitucionalidades promovidas contra decretos del Ejecutivo donde en ningún caso se le corrió traslado para que conteste la acción planteada.

Antecedentes

La acción fue presentada por Lovera Cañete en setiembre de 2009 y solicitó se declare la inaplicabilidad del Decreto Nº 2780 del 25 de agosto de 2009, debido a que el rechazo para su designación no fue fundamentado por Fernando Lugo.

La medida de urgencia requerida fue la suspensión de los efectos del referido decreto presidencial.

También conformaron la terna los camaristas Emiliano Rolón e Irma Alfonso.

Vacancia en la Corte aún no fue llenada

La Corte Suprema de Justicia actualmente funciona sin dos de sus nueve miembros, cuyas vacancias aún no fueron llenadas.

La Sala Penal no cuenta con el reemplazante del jubilado Wildo Rienzi, quien accedió a este beneficio al cumplir 75 años, el 4 de julio de 2007. Integran este cuerpo deliberativo los ministros Sindulfo Blanco y Alicia Pucheta de Correa.

Por su parte, la Sala Constitucional, ante la salida de José Victoriano Altamirano, solo tiene a sus miembros naturales Víctor Núñez y Antonio Fretes.

La Sala Civil y Comercial tiene como integrantes a José Raúl Torres Kirmser, Miguel Oscar Bajac y César Garay Zuccolillo.

En reiteradas ocasiones, el ministro Blanco, especialmente, realizó pedidos a la clase política para que designe a los miembros que deben cubrir las vacancias en la Corte.

Integración podría quedar sin efecto

El senador colorado Rogelio Benítez dijo ayer que la decisión de la Corte Suprema de admitir la inconstitucionalidad planteada por Agustín Lovera Cañete, puede hacer que la integración de la Corte se “congele” por tiempo indeterminado, a menos que el Poder Ejecutivo reconsidere su postura anterior.

El legislador dijo que la posibilidad ahora es que el Ejecutivo vuelva atrás en su decisión de no prestar el acuerdo para la designación de Lovera Cañete como miembro de la Corte Suprema.

Apuntó que, como partido, están abiertos a conversar para llevar adelante los acuerdos a los que habían arribado en junio pasado con el oficialismo para llenar varios cargos vacantes.

Benítez recordó que Lovera Cañete fue elegido de la terna remitida por el Consejo de la Magistratura por una amplia mayoría de senadores, incluyendo varios oficialistas y, a pesar de ello el Ejecutivo no le prestó el acuerdo constitucional.

Indicó que, más allá de la decisión que tome finalmente la Sala Constitucional de la Corte sobre el recurso de inconstitucionalidad de Lovera Cañete, lo concreto es que el procedimiento para llenar la vacancia se “empantana” y es posible solucionarla a través de una decisión de carácter político. Sostuvo que, en su momento, quedó demostrado que Lovera Cañete tiene el consenso en el Senado.

Corte no puede exigir a Lugo que preste acuerdo, afirman

La Corte Suprema de Justicia no puede exigirle al Poder Ejecutivo que preste su acuerdo en favor de Agustín Lovera Cañete para que sea nombrado ministro de la Corte. Así manifestó ayer a la mañana en Mburuvicha Róga el ministro del Interior, Rafael Filizzola.

Aseguró que el Poder Ejecutivo tiene una facultad privativa que consiste en prestar o no el acuerdo al candidato elegido por la Cámara de Senadores para ocupar una vacancia en la Corte de una terna que conformó el Consejo de la Magistratura.

“Desde mi punto de vista es un error” lo que hizo la Corte de admitir la acción de inconstitucionalidad planteada por Lovera Cañete (recomendado del senador colorado Juan Carlos “Calé” Galaverna) para que el Ejecutivo preste su acuerdo y sea nombrado ministro de la máxima autoridad judicial, a fin de ocupar la vacancia de Wildo Rienzi (colorado), quien se acogió al beneficio de la jubilación.

Filizzola basó su postura en el artículo 264 de la Constitución nacional, que dice que el Consejo de la Magistratura debe proponer la terna de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, previa selección basada en la idoneidad, con la consideración de méritos y aptitudes, y elevarla a la Cámara de Senadores para que los designe, con acuerdo del Poder Ejecutivo.

Breve antecedente

Hace tres años (noviembre de 2007) se conformó la terna para el cargo que quedó vacante con la jubilación de Rienzi. El camarista Lovera Cañete había sido elegido por el Senado, pero el presidente Fernando Lugo vetó la designación vía decreto. Completan la terna los camaristas Irma Alfonso de Bogarín y Emiliano Rolón Fernández.

Hasta el momento el Senado no definió si vuelve a enviar al Ejecutivo uno de los dos nombres restantes que conforman la terna porque está pendiente la acción de inconstitucionalidad planteada por Lovera Cañete y que fue admitida ayer.

Diputados toman con cautela decisión

En la Cámara de Diputados los legisladores optaron por tomar con cautela la decisión de la Sala Constitucional de la Corte de admitir la acción de inconstitucionalidad planteada por el abogado Agustín Lovera.

El diputado colorado Carlos Liseras señaló que la máxima instancia judicial actuó dentro de sus facultades al dar trámite a la acción porque tiene atribuciones constitucionales para atender este tipo de presentaciones.

Además explicó que todavía no está definida la cuestión de fondo, que es la decisión que tomó el Poder Ejecutivo.

En tanto el diputado oviedista Oscar Tuma indicó que la decisión de la Sala Constitucional apenas es un trámite administrativo que adelanta una decisión sobre la cuestión de fondo. Dijo que con esta admisión no se toca la cuestión recurrida por Lovera, sino que apenas se acepta que el tema será debatido.

Indicó que ahora habrá que estar atento con lo que pasa para ver si realmente la Corte Suprema toma posición con relación al caso.

Fuente: ABC Color (17 de Noviembre de 2010)

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