jueves, 26 de junio de 2008

Altamirano ratifica que los ministros de la Corte Suprema no son inamovibles

El ministro de la Corte José Altamirano se apartó de la causa en la que se debe estudiar la inconstitucionalidad a la que recurrió Víctor Núñez para seguir en el máximo tribunal. Altamirano rechazó el supuesto odio o rencor que alegó su colega para recusarlo. Ratificó que los ministros no son inamovibles.


“Podrá creerse que la intención de los señores constituyentes era consagrar la inamovilidad permanente de los magistrados, pero dicha intención no fue trasladada en norma alguna; por el contrario, es meridianamente claro que la condicionaron a la prueba de dos periodos siguientes al de su elección”, apuntó Altamirano.

“La posibilidad de que los ministros de la Corte, al igual que el Presidente de la República, el vicepresidente, los ministros del Poder Ejecutivo, el defensor del Pueblo, el contralor y los integrantes del Tribunal Superior de Justicia Electoral solo pueden ser removidos por juicio político no significa (ni cabe interpretar sin forzar la lógica y el buen sentido) que esta eventualidad anula, descarta o impide que los magistrados puedan cesar en sus funciones al término del periodo para el cual fueron designados. Si se acepta tal absurda argumentación se podría concluir que todos los anteriormente nombrados también son inamovibles”, resaltó el ministro.

Núñez le solicitó a Altamirano que se aparte de la acción que presentó. Alegó que su colega es de la posición que los ministros de la Corte sólo duran cinco años en sus funciones y que si desean seguir en el cargo, deben postularse para un nuevo concurso y que solo a través de la segunda confirmación adquieren la inamovilidad. No obstante, Altamirano antes de apartarse de la acción hizo una serie de consideraciones.

“No encuentro razón del por qué se desea mi apartamiento del presente caso cuando la acción intentada es absolutamente inocua, definitivamente anodina para obtener a través de ella la inamovilidad del magistrado”, manifiesta Altamirano.

Prosigue diciendo que la acción ataca de inconstitucional el Art. 19 de la Ley Nº 609/95 que trata de la Reconducción tácita de la función donde manda que los ministros de la Corte sólo son elegidos por periodos de 5 años, y el Acta Nº 1.029 del 16 de junio del Consejo de la Magistratura por la que se convoca a postulantes a ocupar el supuesto cargo vacante en la Corte.

Núñez le solicitó a Altamirano que se aparte porque fue él quien le solicitó al presidente interino Raúl Torres Kirmser, que comunique la vacancia al Consejo.

“Lamento el recurso utilizado, no esperado de un alto magistrado, como fundamento de su petición; hubiera bastado un pedido como caballero y colega”, esgrimió Altamirano.

Altamirano sostiene que no existen motivos fundados para separarse, pero que por decoro y delicadeza y para evitar infundadas sospechas, se aparta de entender en la causa.

FRETES RESOLVERÁ

El tercer y ahora único integrante de la Sala Constitucional, Antonio Fretes, debe resolver si desea seguir para dictaminar la inconstitucionalidad.

El ministro Antonio Fretes recurrió a una acción similar en ocasión de no ser confirmado como ministro por la Cámara de Senadores.



Fuente: Abc digital

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