lunes, 1 de febrero de 2010

Accionantes no podían saber de vacancia

Para el camarista Emiliano Rolón, los accionantes Carlos Fernández Gadea y Bonifacio Ríos Avalos no podían saber en noviembre de 2003 de una vacancia en la Corte, que se generó recién en julio de 2006 con la salida de Wildo Rienzi.

Con estos principales fundamentos, el abogado Fosco Daniel Gugliota-Ruggeri, con poder general, presentó la acción autónoma de nulidad y la demanda por nulidad de actos e instrumentos jurídicos, en nombre de Rolón.

El camarista ataca primeramente el punto 3 del decisorio de la acción de inconstitucionalidad otorgada por los jueces Meneleo Insfrán, Juan Francisco Recalde y Florencio Pedro Almada.

El referido punto es el que “... ha impuesto al Consejo de la Magistratura, a la Cámara de Senadores y a la Presidencia de la República; la obligación de abstenerse de implementar o continuar los procedimientos de selección correspondientes para llenar los cargos vacantes dejados por los ex ministros de esta Corte, Dres. Wildo Rienzi y José Altamirano..//..

Rolón refiere que su derecho e interés radica en que primeramente la terna está para el estudio del plenario de la Cámara de Senadores, con dos dictámenes favorables de la Comisión de Asuntos Constitucionales de tal cuerpo legislativo, según documentos que adjuntó. “Los decisorios objetos de la acción tienen por antecedentes a acciones de inconstitucionalidad promovidos por los Dres. Carlos Fernández Gadea y Bonifacio Ríos Avalos, quienes en noviembre de 2003, reclamaron por tal vía su reincorporación al cargo que ocupaban hasta el momento de su destitución, ocurrida vía juicio político en el año 2003”, se agrega.

El representante legal del camarista dice también que tales acciones de inconstitucionalidad fueron tramitadas con las partes de la relación procesal que se menciona en la causa, y en donde su instituyente no tuvo ninguna participación. “Esto es comprensible puesto que durante los años 2003, 2004, 2005 y parte de 2006, aún no había vacancia ni llamamiento alguno ya que la dejada por el Dr. Rienzi ocurrió en julio de este último año. Tampoco ocurrida la vacancia y seleccionada la terna, el Dr. Emiliano Rolón fue notificado de la actuación procesal alguna ni citado de evicción (Art. 87 y sgtes. del CPC) por lo que los decisorios recaídos en respuesta a las pretensiones de Fernández y Ríos no deberían afectar de manera alguna a los legítimos derechos de mi instituyente”, acota el escrito.

Para Rolón, los Acuerdos y Sentencias Nº 951 y 952 faltan también a las normas elementales de congruencias. “Los magistrados actuantes otorgaron respuestas distintas, no propuestas como solución de reparación y ello es tan palpable solamente contrastando la situación que se plasma en el año 2003 con el ejercicio de la acción y la realidad del decisorio ocurrido en el año 2009. En efecto, ni siquiera los accionantes podrían haber concebido, al iniciar su acción, que podrían aprovecharse de una vacancia que habría de ocurrir en una fecha futura e incierta”.

Concluye: “Agravia y perjudica a mi parte cuando se refieren a las asignaciones arbitrarias de las vacancias de los Dres. Rienzi y Altamirano a los Dres. Fernández Gadea y Ríos Avalos, pues tales cargos son específicos y deben ser llenados de acuerdo al procedimiento establecido, no pudiendo ser ocupables a través de pretensiones jurídicas argüidas en otras situaciones fácticas”.


Fuente: ABC Color 05/01/2010

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